





Prisión Preventiva - Anaya
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Lo que tienes que saber de este producto
- Año de publicación: 2024
- Con índice: Sí
- Tapa del libro: Blanda
- Género: Derecho, política y ciencias sociales.
- Subgénero: .
- Manual.
- El set incluye libros.
- Número de páginas: 301.
- Edad mínima recomendada: 18 años.
- Dimensiones: 17cm de ancho x 23cm de alto.
- Peso: 520g.
- ISBN: 9789684536135.
Características del producto
Características principales
Título del libro | Prisión preventiva |
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Subtítulo del libro | FUNDAMENTOS PROCESALES, DOCTRINALES, JURISPRUDENCIALES Y SENTENCIAS DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DH |
Autor | DR. VISTOR MANUAEL NAVA, DR. MANUEL VALADEZ DIAZ, DR, DANIEL ESPINOSA LEON, DR. RODOLFO DE LA GUARDIA, MTRO. F JAVIER G |
Idioma | Español |
Editorial del libro | ANAYA |
Tapa del libro | Blanda |
Con índice | Sí |
Año de publicación | 2024 |
Otros
Cantidad de páginas | 301 |
---|---|
Altura | 23 cm |
Ancho | 17 cm |
Peso | 520 g |
Género del libro | Derecho, política y ciencias sociales |
Tipo de narración | Manual |
Tamaño del libro | Grande |
Edad mínima recomendada | 18 años |
ISBN | 9789684536135 |
Descripción
La mayoría hablamos y criticamos el diseño normativo, ese que enlista los tipos penales para resolver la oficiosidad de la prisión preventiva. Catálogo por el que recibimos condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y a través de la cual se exige de la participación activa del poder judicial, a electo de tutelar de manera electiva los derechos a recurrir cuando se involucra a la preciada LIBERTAD [...] La condena de un país no debe quedar en el archivo. Sus practicas deben ser vigiladas.
Ya sea de modo oficioso o justificado, la prisión preventiva dentro del sistema de justicia penal mexicano reporta menoscabo de los derechos fundamentales de las personas. Unos por hacer, otros por no hacer. Lo oficioso hizo nugatorio el debate probatorio; entre el solicitante y el adversario media entre ellos el ejercicio legislativo y el consecuente judicial, que no pondera ni bienes jurídicos tutelados por el catálogo de tipos penales (enunciado en el articulo 19, segundo párrafo, constitucional) ni demuestra el riesgo procesal exigido para resolver la cautela, concreta en proporcionalidad, para imponer la medida cautelar.
Se exige de las autoridades impedir que se violen los derechos humanos, interrumpir eficazmente su violación y sancionar las violaciones de derechos fundamentales. Saneemos nuestra mente: ni toda víctima que se dice lesionada de sus bienes jurídicos es victima, ni toda persona señalada de una conducta delictuosa ha intervenido en el hecho, ni todo defensor es mañoso y quiere que se resuelva a su favor, ni a todo ministerio publico o asesor jurídico les asiste la razón, ni todo juzgador resuelve libre de estigmas. La libertad de una persona se tutela y se protege como la libertad personal. La etica debe aplicarse siempre, no por el rol que se ejerza. La justicia conmueve y remueve prácticas reprochables (ompromefamenos con nuestro país, con las victimas y con los investigados.
Dra. Verónica Román Quiroz
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Publicación #3503199954
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